Pornografía infantil

Tres años y seis meses de cárcel por almacenar 1.730 y descargar 3.122 ficheros de contenido pedófilo

Un agente sigue el rastro virtual de personas relacionadas con pornografía infantil y ciberacoso.

Un agente sigue el rastro virtual de personas relacionadas con pornografía infantil y ciberacoso. / Efe

El hombre acusado de tener más de 1.730 ficheros de contenido pedófilo ha sido condenado a tres años y medio de cárcel por tenencia y distribución de pornografía infantil. La Fiscalía solicitaba siete años de cárcel, pero en el juicio las partes alcanzaron un acuerdo y el acusado reconoció los hechos, por lo que se aplicó la atenuante de confesión tardía. Según la sentencia, facilitada por la Oficina de Comunicación del TSJA, el acusado entre octubre de 2019 y marzo de 2020 descargó y compartió ficheros de contenido pedófilo.

El acusado utilizaba la Red eDonkey tratando de enmascarar su dirección IP mediante VPN. En el registro de su domicilio se intervinieron siete discos duros externos, uno interno y dos pendrives. En su ordenador portátilse encontraron tres videos con contenido pedófilo y en el momento de la entrada y registro, el programa Emule estaba en funcionamiento, descargando y compartiendo archivos de esta temática, localizándose 3.122 ficheros registrados en la aplicación con terminología pedófila, de los cuales 285 habían sido compartidos. Además en uno de los discos duros externos habúa 1.730 ficheros multimedia con nombres con terminología y contenido pedófilo, coincidiendo 118 ficheros con los que se compartían a través de Emule.

De este modo, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a Luis V. R. como autor de un delito agravado de tenencia y distribución de pornografía infantil a tres años y seis meses de prisión, además de inhabilitarle para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por tiempo superior en cinco años al de la duración de la pena de prisión, y libertad vigilada con posterioridad al cumplimiento de la pena durante diez años.

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